OPINION
¡Inadmisible! Esa fue la decisión del
Tribunal Superior Electoral en relación a una acción de amparo preventivo que
“osamos” interponer por ante ese tribunal.
Nuestro pedimento era muy
sencillo, algo que como quien dice se cae de la mata: que se ordenara a la
Junta Municipal de Santo Domingo Este abstenerse de emitir certificados de
elección o realizar proclamaciones hasta que las demandas en nulidad que se están
conociendo por ante esa Junta sean resueltas, protegiendo el derecho a ser
elegidos de los demás candidatos, pues se estaría proclamando a alguien cuyo
proceso de elección esta aun pendiente. Es algo que se desprende hasta del
orden lógico de la ley electoral. Pero ni eso fue capaz de fallarnos a favor el
TSE.
En sus motivaciones para
tal decisión plantean que fue "...en razón que el pedimento de los
accionantes corresponde ser formulado mediante el procedimiento ordinario
y en tal virtud no se encuentra dentro del ámbito del amparo electoral, por lo
que este Tribunal no ha constatado alguna amenaza a violación de derechos
fundamentales en perjuicio de la parte accionante."
Primero, es cierto que
existen otras vías, pero para que sea inadmisible por esa razón esas vías
deben ser más efectivas que el amparo, y no existe otra vía más efectiva
en cuanto a celeridad, informalidad y tutela; y de existir una el Tribunal
estaba en la obligación de señalarla.
Segundo, plantea
que "no ha constatado alguna amenaza a violación de derechos
fundamentales". Como si el derecho a ser elegido no fuera un derecho
fundamental, como si este no estuviera plasmado en la Constitución de la
República y en el artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos.
Tercero, nuestro amparo no
fue un "amparo electoral" el cual está debidamente individualizado en
la Ley 137-11, que regula los procedimientos constitucionales. La nuestra
fue una acción de amparo preventivo, incoada por ante ese tribunal en
razón de la afinidad con el derecho a proteger, como manda la mencionada
ley.
Otra vez queda evidenciado
que las decisiones del Tribunal Superior Electoral no son decisiones jurídicas,
sino políticas. Sus decisiones no se apegan a la ley (aunque al menos tratan de
cuidar las formas) sino que se apegan a la voluntad política de los intereses
que han creado y conformado ese Tribunal.
No queremos que se nos
vea como aquellos que hicieron un disparate para luego acusar al Tribunal.
Queremos que quede claro, que acudimos a las "vías institucionales",
y nos cerraron la puerta en la cara, negándose siquiera a conocer el fondo de
nuestros argumentos.
Esa es la realidad de las
instituciones de nuestro país; por un momento pensamos que podía ser diferente,
pero nos equivocamos.
Inadmisible
C.C
Trabajemos por y para la patria, que es
trabajar para nuestros hijos y para nosotros mismos.
J. P. Duarte